Se trata de un elemento de medida para facturar la potencia utilizada en un punto de suministro. Pero, ¿qué diferencia hay con un Interruptor de Control de Potencia (ICP)?

¿En qué se diferencia del ICP?

El ICP es un dispositivo para controlar que no se sobrepasa la potencia contratada en un punto de suministro, por lo que se instala dimensionado para dicha potencia en ese suministro. Así, cuando se sobrepasa la potencia contratada por el uso simultáneo de varios receptores eléctricos, el ICP “salta” y se corta el suministro de corriente. En definitiva, es un elemento asociado al contrato y no necesariamente a la seguridad de la instalación.

El corte de la corriente por sobrepasar la potencia contratada puede permitirse en la mayoría de los puntos de suministro de tipo doméstico o de pequeño comercio, por eso se instala en suministros de potencia contratada inferior a 15 kW, pero sería contraproducente en suministros de mayor potencia o especiales (como un ascensor o un suministro de emergencia).

Por lo anterior, para puntos de suministro con potencias contratadas superiores a 15 kW se utiliza el maxímetro, que no corta el suministro eléctrico pero sí registra si se ha sobrepasado la potencia contratada. Este tipo de suministros tienen una de las siguientes tarifas: 3.0A (para baja tensión), y 3.1A y 6.X (para alta tensión).

¿Cómo se factura la potencia contratada con un maxímetro?

Si con un ICP pagamos una cuota fija por la potencia contratada (ya que materialmente no nos permite sobrepasar dicha potencia), con un maxímetro básicamente pagamos 3 tipos de precio:

  1. Precio de la potencia contratada cuando la potencia máxima que hemos demandado está en torno a dicha potencia contratada (más adelante explicamos qué es “en torno”).
  2. Precio por debajo de lo contratado si utilizamos menos potencia que la contratada (más adelante explicamos cuánto es exactamente “menos”).
  3. Precio con recargos si sobrepasamos la potencia contratada en algún momento durante el período de facturación.

Para entender cómo se pueden producir estos 3 escalones de potencia demandada es necesario explicar primero cómo funciona un maxímetro.

Se trata de un dispositivo que mide la potencia utilizada continuamente en el punto de suministro y cada 15 minutos hace un promedio de dicha potencia. Por lo tanto, tenemos una medida de la potencia utilizada cada 15 minutos del día, es decir, en un mes habrá 2.976 registros en el maxímetro (31 días x 24 horas x 4 registros horarios). En un mes de 30 días serán 2.880 registros.

Para elaborar la factura eléctrica se tomará solamente el registro máximo (de ahí el nombre de maxímetro) de entre los casi 3.000 que haya habido durante ese mes, y con ese valor se calcula la parte de la factura correspondiente a la potencia contratada, el conocido “término de potencia”.

Hemos dicho que los maxímetros se instalan en puntos de suministro con tarifas 3.0A, 3.1A y 6.x, es decir, tarifas de 3 períodos o de 6 períodos. La facturación de la potencia dependerá del número de períodos contratado.

Para las tarifas de 3 períodos (3.0A y 3.1A) se factura de la siguiente manera:

  1. Si el registro máximo aportado por el maxímetro es inferior al 85% de la potencia contratada, se facturará el 85% de la potencia contratada en todo caso. Se le aplicará el precio correspondiente al periodo en cuestión (punta, llano o valle).
  2. Si el registro máximo aportado por el maxímetro está comprendido entre el 85% y el 105% de la potencia contratada se facturará el porcentaje medido comprendido entre estos 2 valores. Se le aplicará el precio correspondiente al periodo en cuestión (punta, llano o valle).
  3. Si el registro máximo aportado por el maxímetro es superior al 105% de la potencia contratada, se aplicará una fórmula en la facturación en la que se penalizará con carácter exponencial la diferencia entre el registro del maxímetro y el de la potencia contratada. Se le aplicará el precio correspondiente al periodo en cuestión (punta, llano o valle).

Para las tarifas de 6 períodos (6.X) se factura el término de potencia de manera ligeramente diferente a la anterior de 3 períodos, realizándose una suma de una parte fija (facturación por potencia contratada) y de otra variable (facturación por excesos):

  • Por potencia contratada: simplemente se calcula multiplicando la potencia contratada para cada período por su precio correspondiente.
  • Por excesos: se paga el exceso de potencia demandada a un precio constante de 1,4064 €/kW, sin embargo, dicho exceso no se calcula como simple diferencia entre lo demandado y lo contratado. Se emplea una fórmula estipulada que, en función de las mediciones del maxímetro, nos da un dato que aparece en la factura denominado como “Aci”, al cual se le aplica una constante regulada en función del período denominado en la factura como “Ki”. Multiplicados ambos términos, se le aplica al resultado el valor mencionado de 1,4064 €/kW, y obtenemos el importe a abonar como concepto de recargo por exceso de potencia.

¿Cómo decido qué potencia contratar en cada período?

Como hemos visto, si empleamos más potencia de la contratada pagaremos unos recargos que crecen exponencialmente a medida que nos sobrepasamos más, pero también pagaremos de más si empleamos menos potencia de la contratada porque hay un umbral por debajo del cual seguiremos pagando lo mismo.

Si tu contrato está muy por encima de tus necesidades reales (quizás por miedo a los posibles recargos), la forma de facturar hará que se cobre en función de tu potencia contratada. Es decir, estarás pagando más de lo que tu suministro necesita. Realmente estás pagando un exceso de potencia aunque no aparezca como tal en la factura.

Si tu contrato está muy por debajo de tus necesidades reales se penalizarán de forma exponencial los excesos. De esta manera, cuanto mayor sea la diferencia existente entre la lectura de maxímetro y tu potencia contratada, el sobrecoste se irá elevando de manera exponencial.

Es por ello que es especialmente relevante encontrar el punto óptimo en el que el contrato de tu suministro pueda llegar al equilibrio perfecto entre los excesos y los defectos.

Por una parte, hay que eliminar el temor existente a que pueda llegar alguna factura con recargos por exceso de potencia ya que probablemente dicho recargo se vea más que compensado en las posteriores facturas si tu contrato realmente se encuentra optimizado. Por otra parte, hay que hacer un seguimiento del comportamiento del suministro para ir comprobando que se ajusta realmente al contrato en vigor. La tendencia natural en un suministro es la de ir incorporando nuevos puntos de consumo que posiblemente puedan ir desajustando el contrato con las nuevas necesidades que puedan ir surgiendo.

Con un análisis detallado y un adecuado seguimiento se puede optimizar la potencia contratada en cada período y obtener verdaderos ahorros solamente mediante una adecuada contratación.